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lunes, junio 17, 2024

Polémica en Bogotá: embargos a infractores de tránsito incluidos en el Plan de Desarrollo

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Embargos a Deudores: Nueva Medida para Infractores de Tránsito Aprobada en el Plan de Desarrollo de Bogotá

En primer debate, la Comisión Primera de Plan y Administración Distrital aprobó el Plan Distrital de Desarrollo para Bogotá, que incluye un total de 324 artículos de los 380 inicialmente propuestos por la Alcaldía de Galán. Tras seis jornadas de debate en el Concejo de Bogotá, en la noche del 25 de mayo, se dio cierre a la discusión.

El plan se organiza alrededor de cinco objetivos principales, con una inversión total de 142 billones de pesos. Entre los artículos aprobados se destacan medidas para mejorar el servicio de alumbrado público a través de la aplicación de impuestos, la extensión de la primera línea del metro hasta la calle 100 y un descuento del 80% para quienes tienen deudas tributarias con el distrito.

Sin embargo, uno de los artículos más controvertidos que recibió luz verde otorga al distrito la facultad de embargar bienes a deudores. Este artículo permite al distrito apoderarse de productos financieros de las personas que no paguen sus multas de tránsito. Además, otra disposición aprobada obliga a la Secretaría de Movilidad a diseñar una estrategia para asegurar el pago puntual de estas multas.

Propuesta de Embargos para Deudores

La propuesta de embargos ya había sido considerada para deudores de infracciones de tránsito desde 2022. Una resolución estaba en proceso para que los ciudadanos pudieran ser embargados en caso de que no pagaran sus obligaciones de tránsito, saldos pendientes de deudas anteriores, acuerdos de pago en mora o por tener vehículos en los patios de la Secretaría Distrital de Movilidad.

Según la propuesta, el ciudadano sería declarado contraventor, por lo que la multa pasaría a cobro coactivo, en un término que, por lo general, es de 30 días posteriores a la comisión de la infracción. En este sentido, se podrían embargar las cuentas bancarias, bienes inmuebles, vehículos, salarios y honorarios de quienes no cumplieran con los plazos de las sanciones económicas.

De hecho, en su momento, la Secretaría Distrital de Movilidad ordenó 11.829 embargos de productos bancarios y financieros a deudores por infracciones a las normas de tránsito cometidas entre los años 2018 y 2020. La Dirección de Gestión de Cobro de la entidad de movilidad tiene la autoridad para ordenar embargos que, según el artículo 838 del Estatuto Tributario Nacional, pueden ascender hasta el doble del monto de la deuda original, más los intereses correspondientes.

La Secretaría Distrital de Movilidad ha puesto a disposición en su página web un “Abecé” de desembargos, que ofrece información detallada para que los ciudadanos puedan solicitar el desembargo una vez la deuda esté saldada.

Infracciones de Tránsito Más Comunes en Bogotá

Durante los primeros ocho meses de 2023, se impusieron 321.849 comparendos a motociclistas y conductores de automóviles por infracciones de tránsito en Bogotá, lo que equivale a más de 1.300 comparendos diarios. Fontibón, Kennedy y Teusaquillo son las localidades con el mayor número de comparendos por infracciones de tránsito.

Entre las infracciones más comunes entre los motociclistas se encuentran:

  • No transitar por un solo carril, respetando las líneas de demarcación.
  • No realizar la revisión técnico-mecánica.
  • Estacionar en sitios prohibidos.

Por su parte, los conductores de automóviles reciben más sanciones por:

  • Transitar en sitios restringidos o en horas prohibidas (como no acatar el pico y placa).
  • Estacionar en lugares no autorizados.
  • No acatar las señales de tránsito (incluidos los límites de velocidad correspondientes, que están demarcados en la vía).

Con la aprobación de este nuevo artículo, la administración distrital busca asegurar el cumplimiento de las obligaciones de tránsito y mejorar la movilidad en la ciudad, aunque no sin controversia debido a las implicaciones para los deudores.


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